...SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado de celebrar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR para lo cual se ordenar fijar por auto separado de acuerdo al libro control de audiencia realizadas por este Tribunal, el día y la hora en que debe celebrarse dicha audiencia, sin que se requiera notificar a las partes por cuanto las misma están a derecho, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.