Emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Publico Penal, adscrito a la Unidad de Defensa Publica del Estado Miranda, con sede en Los Teques, ELIAS DANIEL MONSALVE, en su carácter de defensor publico de la ciudadana DIAZ DIAZ LILIANA DEL VALLE, contra la decisión dictada en fecha 01 de marzo de 2006, por el JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional declaró QUE NO SE ADMITE el escrito de excepciones presentado por la defensa de la mencionada ciudadana por ser extemporánea Y ASI SE DECLARA.