ACUERDA NEGAR,    el otorgamiento de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a la  ciudadana YOLIMAR COROMOTO VELASQUEZ  MARTINEZ,  quien es   titular de la Cédula de Identidad Número 19.497.573, a quien se le sigue proceso por la presunta comisión del delito de EXTORSION EN GRADO DE COMPLICIDAD, delito éste previsto en el artículo  16 de la Ley Contra  el Secuestro y la Extorsión, concatenado con el artículo 11 de la misma Ley. Se Acuerda mantener la Medida Privativa de Libertad, que le fue Decretada, al momento de celebrarse la audiencia de presentación.