...decide: ÚNICO: En la facultad que confieren a este órgano jurisdiccional los artículos 64, último aparte, 479, numeral 1, y 531, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se declara redimida, por el trabajo, la pena que en fecha veinticinco (25) de noviembre del año dos mil ocho (2008) y en ocasión de sentencia condenatoria por el delito de homicidio calificado por motivo fútil, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, fuera impuesta por el Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 03, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, a la persona del ciudadano YHONGLESKY DARBETH CEBALLOS ÁLVAREZ, venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el día doce (12) de octubre del año mil novecientos ochenta y siete (1987), hijo de Lilibert Álvarez y Edgardo Ceballos, y titular de la cédula de identidad personal número V-19.274.202, redimiéndose de la pena un tiempo de TRES (03) MESES .....