DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Anais Risquez Urriola, titular de la cédula de identidad número V-10.540.592 contra la sociedad mercantil Unidad Educativa Privada Emilio Crespo C.A. por cobro de prestaciones sociales. SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil Unidad Educativa Privada Emilio Crespo C.A. a pagar a la demandante la cantidad de veinte mil quinientos catorce bolívares con sesenta y ocho céntimos (Bs. 20.514,68), más el monto correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: Se condena en costas a la parte accionada, por haber resultado totalmente vencida en el presente .....