´IV. DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO O UNIÓN ESTABLE DE HECHO interpuesta por la ciudadana ANALIT COROMOTO LEMUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.440.884 contra los ciudadanos JORGE VLADIMIR LACROIX CASTILLO, SANTIAGO LACROIX CASTILLO, ANALIT COROMOTO LACROIX LEMUS, BLADIMIR MICHEL LACROIX LEMUS, ALEXANDER VLADIMIR LACROIX LEMUS y ANAISA CAROLINA LACROIX LEMUS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-23.644.147, V-25.565.446, V-28.076.992, V-28.076.993, V-30.608.363 y V-30.608.364, en su condición herederos conocidos del DE CUJUS VLADIMIR LA.....