Primero: Se Admite Totalmente la Acusación interpuesta en fecha 12/07/2004, por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y recibida en fecha 14/07/2004, respecto a los ciudadanos PEREZ FLORES RUBEN ALEXIS y JAIMES GARCIA FRANCISCO JOSE; por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas; en virtud que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en sus seis numerales; aunado al hecho que la defensa no se opuso a su admisión. Segundo: Se Admiten todos y cada uno de los medios de pruebas ofrecidos por el Fiscal del Ministerio Publico; por ser útiles, pertinentes y necesarias con los hechos objeto del proceso; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal; además de haber sido obte.....