ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO a la penada MARIELIS JOSEFINA RODRIGUEZ CARPIO, titular de la cédula de identidad Nº V-12.990.055, por un tiempo igual a OCHO (08) MESES y DOS (02) DIAS; de conformidad con lo previsto en los artículos 479 ordinal 1° y 500, todos del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.