DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición del demandante DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NATHALIS DEL VALLE RIVERO, en contra la sociedad mercantil "FERRETERIA MATERIALES CASA BLANCA, ambas partes plenamente identificadas a los autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la ciudadana NATHALIS DEL VALLE RIVERO, la cantidad de TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS. (Bs. 31.394,84 ) monto que comprende los siguientes conceptos laborales: Antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas indemnización articulo 92 L.O.T.....