"...Solicitamos al Tribunal difiera la presente actuación judicial con el fin de continuar las conversaciones sobre la efectiva reincorporación al cargo para los efectos de la jubilación ordenada por el comitente, así como las diligencias conducentes para el calculo de las prestaciones, pensión y cualquier otro pasivo que corresponda. Es todo.". Oídas las exposiciones de las partes se acuerda diferir la presente actuación judicial para el día MIÉRCOLES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2014, A LAS 11:00 A.M., a fin de que las partes presenten una propuesta cónsona con la parte resolutiva de la sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo