...Así pues, dicho lo anterior, quien aquí suscribe considera oportuno señalar, que en el caso de autos, tenemos que al momento de presentar la parte accionante, ciudadana NELLY LOURDES SANTAMARIA GONZÀLEZ la presente acción de Prescripción Adquisitiva, no acompañó la certificación de gravamen del inmueble objeto al caso de marras, siendo éste uno de los requisitos exigidos por el artículo 661 del Código de Procedimiento Civil-para la admisión-de la demanda, razón por la cual este Tribunal como garante del estado social de derecho, de justicia y en pro de una tutela judicial efectiva, considera forzoso declarar INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA propuesta por la ciudadana NELLY LOURDES SANTAMARIA GONZÀLEZ y así se decide...