Ahora bien, quien aquí decide, teniendo conocimiento oficialmente de la denuncia que recae en mi contra, en virtud de la investigación que vino a realizar el Inspector de Tribunales antes señalado, al existir esta investigación, producto de la denuncia formulada en mi contra, puede verse perturbada mi objetividad a la hora de tomar una decisión en la causa.
Dispone el referido artículo 86. 8 del Código Orgánico Procesal Penal, como se ha señalado, cualquier otra causa que afecte su imparcialidad como causa de inhibición que estimo como procedente y ajustado a derecho en aras de una tutela judicial efectiva de las partes en sus pretensiones.
Anexo al presente escrito copias de la denuncia, copia de la notificación y del acta levantada por parte del Inspector de Tribunales.
Como consecuencia de las razones precedentemente expuestas, se hacen tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto para ser agregados a la causa principal, al cuaderno separado con sus anex.....