Imposición de reglas de conducta, consistente en 1) continuar su compromiso de estudiar y de realizar un curso de capacitación o aprendizaje laboral, debiendo consignar constancia de inscripción. 2) No reunirse ni hacerse acompañar con ninguna de las personas que consuma sustancias estupefacientes y psicotrópicas (Drogas) 3) No participar en ningún otro hecho delictivo cualquiera que sea su gravedad, tanto por la sanción, como por el daño causado a la sociedad 4) presentarse periódicamente por ante este Tribunal cada 15 días, durante un lapso que le resta por cumplir la medida 5) No portar ningún tipo de arma, especialmente la de fuego. 6) No hace acto de presencia por la zona de Los Valles del Tuy, específicamente donde ocurrieron los hechos. 7) De ser posible incorporarse lo antes posible al campo laborar, consignando en el expediente constancia del mismo. En cuanto a la medida sancionatoria de Libertad asistida, la misma deberá cumplirla por ante el Servicio Estadal de prote.....