...DECLARA: PRIMERO: En relación con el Ciudadano ALVARO JAIRO DÍAZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° V- 6.302.162, el Tribunal lo acepta como fiador, por cuanto el mismo cumple con los requisitos previstos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, así como con los exigidos por este Tribunal, en virtud de que según el informe presentado por el ciudadano Alguacil Comisionado Orlando Zambrano, funcionario adscrito a este Circuito Judicial Penal, informa que la Empresa UNIDAD POPULAR OFTALMOLÓGICA FONSECA, existe y que el ciudadano ALVARO JAIRO DÍAZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° V- 6.302.162, cumple labores en esa Unidad. Asimismo el informe presentado por el ciudadano Alguacil Comisionado Yofre Díaz, funcionario adscrito a este Circuito Judicial Penal, informa que los datos de la Carta de Residencia y de Buena Conducta a nombre del ciudadano ALVARO JAIRO DÍAZ MORENO, son fidedignos. En consecuencia se ordena librar boleta de notificación al antes c.....