...por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y dado que se encuentran llenos los requisitos exigidos en el primer aparte y en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, este órgano jurisdiccional en la facultad que le confieren los artículos 64, último aparte, 479, numeral 1, y 531 eiusdem, otorga la fórmula de libertad anticipada de destino a establecimiento abierto o régimen abierto a la persona del penado, ciudadano ÁNGEL JOSÉ REYES RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el día veinte (20) de septiembre del año mil novecientos ochenta y uno (1981), hijo de Ninfa Isabel Reyes Rodríguez y José Ángel Reyes, y titular de la cédula de identidad personal número V-15.118.253, imponiéndose al mismo determinadas obligaciones de irrestricto y cabal cumplimiento, so pena de revocatoria de la.....