Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato y Por Vencimiento de la Prórroga Legal incoada por la ciudadana MARÍA MAGDALENA OLIVEROS OLIVO contra la ciudadana EDILIA ROSA MORALES ROA, y en consecuencia se declara:
PRIMERO: Extinguida la relación arrendaticia que vinculo a la partes mediante contrato suscrito en fecha 01 de Enero de 2008, y en consecuencia se ordena la entrega inmediata del inmueble (local comercial), ubicado en la Avenida Ayacucho, distinguido con el Nº 115-A, en Santa Teresa del Tuy, Municipio Autónomo Independencia, del estado Bolivariano de Miranda.
SEGUNDO: Se condena en costas del proceso a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento.....