Declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio intentada por los ciudadanos WENDY ARIYURI GALEA ZAMBRANO y FRANCISCO JOSE REGALADO MENDEZ, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído el 30 de julio de 1994 por ante LA PREFECTURA DE LA PARROQUIA SANTA TERESA, MUNICIPIO AÚTONOMO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, según consta de acta de matrimonio N° 98, expedida por Registro Civil y Electoral Estado Miranda Municipio Independencia Santa Teresa del Tuy, en fecha 15 de octubre de dos mil trece (2013).