PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud de imposición de medida cautelar solicitada, de conformidad con el artículo 582 de ley Orgánica Para Protección del Niño y Adolescente literal “c”, al adolescente ______________ consistente presentación periódica ante la Oficina de Alguacilazgo cada 15. Y en virtud de que cursa por ante este Tribunal causa distinguida con el N° 1C-222-02 seguida en su contra y en la misma se evidencia que en decisión de fecha 16/09/2.003, se acordó la captura del referido adolescente por el incumplimiento de la medida cautelar impuesta al mismo en fecha 27/12/2.002, y visto que la fiscal del ministerio público presento acusación en su contra en fecha 02/10/2.003. En Consecuencia se acuerda el ingreso del prenombrado adolescente al Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y a la Adolescencia (S.E.P.I.N.A.MI.), ratificándose boleta de ingreso N° 122-2003 , de fecha 16-09-2003; una vez que egrese del mencionado Organismo, dará cumplimient.....