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Decisiones del dia 06/02/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : MJ21-P-2002-000119 N° Sentencia : Fecha: 06/02/2004
Procedimiento:
Sin Lugar Revision De Medida Cautelar Solicita Por
Partes:
FISCAL 9 M.P., DEFENSA PUBLICA PENAL, IMPUTADO JAVIER EDUARDO GUILLEN, VICTIMA REYES MABEL AVILAN MARTINEZ
Resumen:
En el presente caso se mantienen las condiciones que se tomaron en cuenta para decretar la Medida Cautelar Sustitutiva consagrada en el artículo 256 Ordinal 8vo. eiusdem, se mantienen, es decir que no han variado, por lo tanto, se debe mantener tal medida cautelar sustitutiva al imputado. Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones 5°de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud hecha por el Dr. JOSE RAFAEL BETANCOURT, manteniéndose en consecuencia la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el artículo 256 Ordinal 8vo. del Código Orgánico Procesal Penal, que fuera impuesta a dicho imputado en la oportunidad de la respectiva. Notifíquese a las partes Cúmplase. El Juez BENNY PALMERI El Secretario
Juez/Ponente:
Benny Palmieri
Organo:
Tribunal Quinto de Control
arriba

N° Expediente : MJ21-P-2003-000171 N° Sentencia : Fecha: 06/02/2004
Procedimiento:
Sin Lugar Revision De Medida Cautelar Solicita Por
Partes:
FISCAL 9 M.P., DEFENSA PUBLICA PENAL, IMPUTADO ANDRES MIGUEL CLIMACO CISNEROS
Resumen:
En el presente caso se mantienen las condiciones que se tomaron en cuenta para decretar la Medida Cautelar Sustitutiva consagrada en el artículo 256 Ordinal 8vo. eiusdem, se mantienen, es decir que no han variado, por lo tanto, se debe mantener tal medida cautelar sustitutiva al imputado. Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud hecha por el Dr. FRANCISCO CARLOMAGNO, manteniéndose en consecuencia la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el artículo 256 Ordinal 8vo. del Código Orgánico Procesal Penal, que fuera impuesta a dicho imputado en la oportunidad de la respectiva. Notifíquese a las partes Cúmplase. El Juez BENNY PALMERI El Secretario
Juez/Ponente:
Benny Palmieri
Organo:
Tribunal Quinto de Control
arriba

N° Expediente : MP21-P-2003-001351 N° Sentencia : Fecha: 06/02/2004
Procedimiento:
Sin Lugar Revision De Medida Cautelar Solicita Por
Partes:
FISCAL 9 M.P., DEFENSA PUBLICA PENAL, IMPUTADO SIMON EDUARDO AROCHA MORALES
Resumen:
En el presente caso se mantienen las condiciones que se tomaron en cuenta para decretar la Medida Cautelar Sustitutiva consagrada en el artículo 256 Ordinal 8vo. eiusdem, se mantienen, es decir que no han variado, por lo tanto, se debe mantener tal medida cautelar sustitutiva al imputado. Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud hecha por el Dr. JOSE BETANCOURT, manteniéndose en consecuencia la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el artículo 256 Ordinal 8vo. del Código Orgánico Procesal Penal, que fuera impuesta a dicho imputado en la oportunidad de la respectiva. Notifíquese a las partes Cúmplase. El Juez BENNY PALMERI El Secretario
Juez/Ponente:
Benny Palmieri
Organo:
Tribunal Quinto de Control
arriba

N° Expediente : MP21-P-2003-000523 N° Sentencia : Fecha: 06/02/2004
Procedimiento:
Negativa Revision Privacion Libertad
Partes:
FISCAL 16 M.P., DEFENSA PUBLICA PENAL, IMPUTADO YUNI LUAISA MIJARES MIJARES, VICTIMAS CARLOS DAVID ALBARRACIN ECHANDIA Y KENY ROBERTO GUEVARA RIVAS
Resumen:
Por todo ello, en criterio de quien aquí decide, lo prudente y ajustado a derecho es MANTENER LA PRIVACIÓN PREVENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD, del ciudadano, YUNI LUAISA MIJARES MIJARES decretada en fecha 30 DE JULIO DEL 2003, por el Tribunal QUINTO de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en virtud de que existe en el caso concreto un hecho punible que merece pena privativa de libertad como es el delito precalificado como :ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR “PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 5° DE LA LEY SOBRE HURTO Y ROBO DE VEHICULO “ y cuya acción no se encuentre evidentemente prescrita; fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido el autor o participe en la comisión del hecho punible; una presunción razonable por la apreciación de la circunstancia del caso particular, de peligro de fuga, de acuerdo con la pena que podría llegarse a imponer y además la magnitud del daño causado. Y ASI SE DECIDE. .DISPOSITIVA Con fund.....
Juez/Ponente:
Benny Palmieri
Organo:
Tribunal Quinto de Control
arriba

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