Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Con LUGAR LA OPOSICIÓN a la demanda que por PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL ha incoado en su contra el ciudadano JOSE FELICIANO MORALES SANCHEZ, titular de la cedula de identidadNo.V-6.332.059. Se Ordena la prosecución del presente juicio, por los tramites del procedimiento ordinario, de conformidad con lo explanado anteriormente y lo establecido en el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, continuando dicho proceso, en el lapso de promoción de pruebas.