Emite el siguiente pronunciamiento: De conformidad con lo previsto en el los artículos 67 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara INCOMPETENTE por razón de la materia para conocer de la presente causa y acuerda remitir las presentes actuaciones a un Tribunal de Responsabilidad Penal Sección Adolescentes en función de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y sede.