declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 25 de Enero de 2008 dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas. Así se decide.
Se condena a la parte recurrente en costas del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se concede remitir copias certificadas de la presente decisión al Tribunal de la causa. LÍBRESE OFICIO.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Miranda.