DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte accionada. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 03 de diciembre de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, incoara el ciudadano ALCIDES DE JESÚS LEZAMA HÉRNANDEZ, en contra de la sociedad mercantil GUARDIANES VIGIMÁN, C.A., ambos plenamente identificados a los autos, por lo que se condena a la parte accionada al pago a favor del actor por los conceptos que .....