Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado OMAR JIMÉNEZ, en su carácter de Fiscal Vigésimo Octavo (28º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, contra la decisión de fecha 15-09-2014 dictada por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual ABSOLVIÓ al ciudadano FRANCISCO GABRIEL SUÁREZ MEJÍAS, por considerar que no quedó acreditado durante el desarrollo del debate oral y público con las pruebas presentadas y debatidas, que haya sido autor o responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, tipificado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de (...).