Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA LIBERTAD DEL IMPUTADO VICTOR ALEJANDRO PALACIOS CAMPOS, de nacionalidad Venezolana, de 26 años de edad, natural de Caucagua, fecha de nacimiento 24/03/78, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de SONIA CAMPOS y ALEJANDRO PALACIOS, residenciado en Santa Teresa del Tuy, La Barraca, Casa S/N y titular de la Cédula de Identidad No V- 14.687.937, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la HURTO SIMPLE, previsto en el 453 del Código Penal. Pero se le impone de las medidas contempladas en el ordinal 3° y 4° artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Bolivariana de Ven.....