y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana ARELYS YAQUELIN RUIZ, venezolana, de 27 años de edad, nacida en fecha 25/07/77, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.868.877, de oficio del hogar, hija de JUDIT JOSEFINA RUIZ (v) y de NICOLAS DIAZ VELASQUEZ (v), domiciliada en San José de Barlovento, Calle La Línea, casa s/n, Municipio Andrés Bello, del Estado Miranda. conforme con lo establecido en el artículo 318 numeral 1ero.en relación con el artículo 330.3 y 326 numerales 2° y 3° del Código Orgánico procesal Penal se Decreta la Autoridad de cosa juzgada de la presente decisión se ordena el cese de todas las medidas de coerción personal que hubiesen sido decretadas