En virtud del razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos DECLARA EXTINGUIDAS POR PRESCRIPCION LAS PENAS PRINCIPAL Y ACCESORIAS impuestas a los ciudadanos HOSMAN AUGUSTO ZABALA TOMOCHE Y VICTOR JOSE LA ROSA PARAMACUTO, titulares de las Cédulas de Identidad Números 17.774.036 y 12.543.362, respectivamente, de conformidad con el artículo112, ordinal 1° del Código Penal en relación con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.