Oídas las partes, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Oídas las exposiciones de las partes, revisadas la solicitud y la documentación que al efecto ha sido consignada en este acto por el ciudadano Reimundo Antonio, es por lo que de conformidad con lo solicitado por el Fiscal del Ministerio Publico este Tribunal de acuerdo a lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la entrega del Vehículo CHEVROLET APACHE, Placa: 4288237, Color: Verde, en Calidad de Deposito al ciudadano REIMUNDO ANTONIO ALZURU, Titular de la cedula de identidad N° 4.288.237. Con la prohibición expresa de enajenar y grabar el mismo obligándolo a presentar dicho vehículo las veces que lo requiera la Fiscalia Décimo Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción y por e.....