Y ASI SE DECLARA.
SEXTO: Se ordena Oficiar al Director del Internado Judicial Los Pinos, con sede en la Ciudad de San Juan de Los Morros, Estado Guarico, a los fines de que incorpore con carácter de urgencia al penado WILLIAMS ANTONIO BRICEÑO QUIJADA, Titular de la Cedula de Identidad N° V-14.327.890, a la próxima Junta Redención Judicial de la pena por el Trabajo y el Estudio, en consecuencia se acuerda Oficiar al Presidente de la Junta a los fines de que incorpore al penado antes mencionados.
Se acuerda imponer al penado el día 28 de Abril de 2005, a las 9:00 a.m. de la mañana, al Internado Judicial de San Juan de Los Morros, con sede en la Ciudad de San Juan de Los Morros. Oficiese al Presidente del Consejo Nacional Electoral, a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, a la Dirección de Registro y Notarías del Ministerio del Interior y Justicia participándole la interdicción civil del penado, a la a la Direcció.....