Este Juzgado declara que las pruebas de la partes, estarán destinadas a comprobar el hecho de que es o no falsa la comparecencia del ciudadano SANTIAGO ALONZO GONZÁLEZ, ante la Prefectura del municipio Guaicaipuro del estado Miranda, en fecha 19 de enero de 1994, sea que el funcionario haya obrado maliciosamente o que se le haya sorprendido en cuanto a la identidad del otorgante.