Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos JONNETD MIGUEL CASTILLO MORALES y MARÍA DE LOS ANGELES MENESES de CASTILLO, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha diecisiete (17) de enero de mil novecientos ochenta y nueve (1989), ante la Jefatura Civil de Macarao, Prefectura del Municipio Libertador hoy Registro Civil de Macarao, Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, según consta de Acta Nº 11, del año 1989.