... Por tanto siendo este tribunal incompetente para reponer la causa, pues implicaría decretar la nulidad de los actos del tribunal de juicio y del tribunal de alzada en la presente causa y no siendo la solicitud de reposición de la causa en estado de ejecución, el medio idóneo para atacar los actos emanados de dichos Juzgados, este tribunal niega la solicitud realizada por la parte accionada de reponer la causa al estado de apertura del lapso de apelación en contra de la aclaratoria dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de ésta Circunscripción Judicial y sede en fecha 5 de mayo de 2008. ASI SE DECIDE