Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos JOSE LUIS COSTAS ALONSO, MARIA LUISA COSTAS ALONSO y BRIGIDA ALONSO DE COSTAS, venezolanos los dos primeros y extranjera la ultima, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.233.562, V-12.062.961 y E-1.023.545, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LINO COSTAS RODRIGUEZ, fallecido en fecha 08 de abril de 2016, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.137.406, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicit.....