DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO CORRALES SOLORZANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.821.744, contra la ciudadana YAREMI CONCEPCION CORREA BENAVIDES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.893.791, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JOSE GREGORIO CORRALES SOLORZANO y YAREMI CONCEPCION CORREA BENAVIDES, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Charallave, Distrito Cristóbal Rojas del estado Miranda ,(hoy Registro Civil y Electoral de la Parroquia Charallave, Municipio Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda), en fecha 26 de agosto de1991, según consta de Acta de Matrimonio número171, folio 171, del libro de matrimonio llevado por ese organismo.
De conformidad con lo establecido en los artíc.....