Este Juzgado Segundo de Ejecución de la misma circunscripción del sentenciador administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve la redención y reforma de computo a favor del penado CANELON YAYA DOUGLAS JESUS titular de la cedula de identidad Nº v-10.093.223 sentenciado por la comisión del delito de hurto calificado en su modalidad de nocturnidad y hurto calificado con fractura previsto y sancionado en el articulo 455 ordinales 3° y 4° del código penal a la pena de cinco (5) años y tres (3) meses de prisión en los términos arriba mencionados