ACUERDA DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, y DECLINA la competencia al Tribunal de Municipio del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del estado Miranda; lugar donde ocurrió el hecho, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 9 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Remítanse las presentes actuaciones.