Este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, acuerda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la homologación al desistimiento del proceso que por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias laborales incoara el ciudadano Pedro Avilio Machado, en contra de las sociedades mercantiles Inversiones Lago Enol, S.A., Silenciadores Guatire Prix Racing, C.A e Inversiones Awuawash, C.A, todos ellos plenamente identificados a los autos, en consecuencia acuerda lo solicitado por la accionada; por lo que se fija la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública de apelación para el día miércoles 25 de septiembre de 2013, a las 10:30 a.m. Así se decide.-
Asimismo ordena sea oficiado el Ministerio Público y el Colegio de Abogados, a los fines de que se lleven a cabo la averiguaciones pertinentes. Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese .....