Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la medida de secuestro solicitada sobre un bien inmueble integrado por bienhechurías constituidas por un local comercial ubicado en la calle Cuchivano, Nº. 02-50, de Higuerote, Municipio Brión, del Estado Miranda, a cuyo efecto se ordena librar comisión al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Acevedo, Brión, Andrés Bello, Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.