Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito judicial Penal del estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: PRIMERO: DECRETA el cumplimiento de la pena principal de la sentencia incoada en contra del ciudadano DANIEL BELTRAN TOVAR, por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público con sede en Los Teques, el cual lo condenó a sufrir la pena de Cinco años y cuatro meses de Presidio por ser autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código penal vigente, así como al cumplimiento de las penas accesorias, en consecuencia notifíquese al ciudadano penado a los fines de imponerlo del cumplimiento de la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia como de la presente decisión. SEGUNDO: Con respecto al pago de las costas procesales a que fuere condenado el penado de autos, es c.....