Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio MARTINO KODIAK LAPENNA, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, ciudadano FRANK RAMÓN MÁRQUEZ ORTÍZ, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 27 de junio de 2025, la cual SE CONFIRMA CON DISTINTA MOTIVA; en consecuencia, se declara INADMISIBLE la presente QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO incoada por el prenombrado contra los ciudadanos ADRIANO MAZZARELLA SIRIGNANO y TIRSA MARÍA PEREIRA DE MAZZARELLA, todos ampliamente identificados en autos.
No hay condena en costas del recurso dada la n.....