...por autoridad de la Ley, CONCEDER al penado, ciudadano SANTOS INOCENCIO BLANCO OROPEZA, PERMISO ESPECIAL DECEMBRINO, para pernoctar y permanecer en su residencia, ubicada en Lagunetica, sector Rómulo Gallegos, frente al colegio, entre calle principal y callejón La Hoyada, teléfono 0416-9360404, sin asistencia a la pernocta en el centro de tratamiento, durante el lapso del DOCE(12) DÌAS CONTINUOS, contados a partir de la fecha 22 DE DICIEMBRE DE 2012 HASTA EL 02 DE ENERO DE 2013 y una vez culminado dicho lapso deberá reincorporarse nuevamente y sin falta a sus pernoctas en el Centro de Destacamentarios correspondiente, eso es en fecha 03 DE ENERO DE 2013, debiéndosele advertir al penado, que el incumplimiento de su parte de las condiciones en las cuales se le otorga el presente permiso decembrino, se tomara como causa grave, dando como resultado la revocatoria del beneficio que viene disfrutando; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal,.....