Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en los Teques ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda las siguientes medidas de Protección. Primero: Que los ciudadanos CARRILLO PORRA HECTOR ALEXIS, PARRA PEREZ ROMMEL ENRIQUE, PEREZ RAMIREZ JONATHAN ADRIAN Y MOSQUEDA GARCIA LENIN DOSCUAL, presentes en la audiencia deben abstenerse de tener ningún tipo de contacto, ni físico ni verbal con los ciudadanos ALEIDA BELISARIO DE MARTINEZ Y ALEXANDER ENRIQUE MARTINEZ BELISARIO. Segundo: Se decreta la presentación casa 15 días de los ciudadanos CARRILLO PORRA HECTOR ALEXIS, PARRA PEREZ ROMMEL ENRIQUE, PEREZ RAMIREZ JONATHAN ADRIAN Y MOSQUEDA GARCIA LENIN DOSCUAL por ante la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, hasta tanto concluyan las investigaciones relacionadas con el homicidio.....