PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el penado CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad N° 11.384.483, natural de Cumaná, Estado Sucre, fecha de nacimiento 25-05-1966, domiciliado en la calle principal, casa s/n, Brisas de Turumo, Petare, Estado Miranda, y en consecuencia, se modifica la decisión dictada en fecha 11 de septiembre de 2003, y acuerda obligación del penado de presentarse ante el Tribunal en funciones de ejecución Nº 4 con sede en los Teques, cada treinta (30) días.
SEGUNDO: NIEGA la solicitud interpuesta por el ciudadano CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ, y en consecuencia ratifica la obligación de presentarse ante el Tribunal de Primera Instancia en funciones de ejecución Nº 4 con sede en la ciudad de Los Teques.
Regístrese, publíquese y notifíquese al penado, la defensa y el Fiscal del Ministerio Público la presente decisión. Hágase la anotación correspondiente en el libro de presentaciones de este despacho.
EL JUE.....