emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 405 en relación con el artículo 83 del Código Penal vigente para la fecha, en perjuicio del ciudadano hoy occiso IDENTIDAD OMITIDA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 602 Literal "e", en relación con el artículo 605 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se decreta la LIBERTAD PLENA del referido joven adulto. TERCERO: Se exonera en costas al Ministerio Público. CUARTO: Las partes quedan debidamente notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.