Por todos los razonamientos planteados, esta Corte de Apelaciones, actuando en Sede Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN, planteada por el abogado JESUS EDUARDO RODRIGUEZ MILLÁN, Juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en la causa Nº MP21-P-2010-003535, (Nomenclatura de ese Tribunal), seguido en contra del ciudadano WINDER JESUS BLANCO TARAZONA, cedulado Nº V-16.802.319, por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, por haber emitido opinión en la referida causa en Audiencia Preliminar de fecha 28 de marzo de 2011 y haber realizado el Auto de Apertura a Juicio de data 07 de abril de 2011.
Notifíquese al Juez Provisorio Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judi.....