REVOCA la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena "SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA" que le fuera otorgada al penado VILLEGAS BERBEZI YORMAN JOSE, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.026.717, en fecha 16-11-09, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 511 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° ibídem, y artículo 7 de la Ley de Régimen Penitenciario, en virtud de no haber dado cumplimiento a las condiciones que le fueron impuestas .De conformidad con el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al ciudadano VILLEGAS BERBEZI YORMAN JOSE, Líbrese boleta de Encarcelación.