Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional propuesta por los ciudadanos MORAIMA ISTURIZ, LISSETTE DEL VALLE RON, RUTH OLUWATOYIN TAYLOR, OMARLY DOMINGA HERNANDEZ PARICA, YUBISAY CRISTINA STACKPOLE BALAN, LEIMY CRISTINA QUEZADA PALACIOS, CARMEN ROSMARY RENGIFO ECHEZURIA, KELVIS DANIEL FRANCO GARCIA, YILKA KATERINE SUAREZ LOVERA e ISAEL YOAN LOVERA, en contra de los ciudadanos ULISES ANTONIO CORDIDO SALAZAR y DAMASO ASDRUVAL SUAREZ SUAREZ, todos suficientemente identificados, en virtud de la flagrante violación de los Derechos y Garantías Constitucionales previstos en los artículos 26, 27, 49, 82 y 117 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y como consecuencia de ello, se ordena la inmed.....