...Ahora bien, vista la diligencia cursante al folio 48 del presente expediente, suscrita por el ciudadano JUAN JOSE MALAVE, titular de la cédula de identidad Nº V-3.945.702, asistido por la abogada ANDREINA ECHAVEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 186.802, parte demandante en el presente proceso, mediante la cual ejerce el recurso de apelación contra el auto dictado por este Despacho Judicial, el día 03 de julio de 2013 (f. 46 y 47), que declaró INADMISIBLE la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento que nos ocupa; en consecuencia, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 341 y 891 del Código de Procedimiento Civil, acuerda oír dicha apelación en ambos efectos, para lo cual se ordena remitir el presente asunto al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques. Líbrese oficio.