Emite los siguientes pronunciamientos:
1°) DECLARA EXTINGUIDA POR PRESCRIPCION la pena principal que le fue impuesta al ciudadano CARLOS JOSE SALCEDO, titular de la Cédula de Identidad N° 15. 020. 300,
de conformidad con el artículo 112, ordinal 11 del Código Penal en relación con el artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
2°) DECLARA EXTINGUIDA POR PRESCRIPCION la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad a la cual fue condenado el ciudadano CARLOS JOSE SALCEDO, titular de la Cédula de Identidad N° 15. 020. 300,
de conformidad con el artículo 112, ordinal 5º del Código Penal.
3º) SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA en la presente causa del ciudadano CARLOS JOSE SALCEDO, titular de la Cédula de Identidad N° 15. 020. 300, por haberse extinguido las penas `principal y accesoria que le fueron impuestas, de conformidad con el artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal..........