ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho YNES CORINA VARGAS; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 439 numeral 6, en concordancia con el encabezamiento del artículo 442 Ejusdem, en contra de la decisión dictada en fecha 25-10-2013, por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado de Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual conforme con lo establecido en el artículo 472, primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, decreta medida privativa de libertad contra el ciudadano JOSÉ LUÍS DÍAZ CORREDOR, a los fines de que cumpla recluido en un establecimiento penal, la pena de cinco (5) años de prisión y las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, que le fueran impuestas, por ser autor responsable del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Le.....